lunes, 27 de febrero de 2012

HISTORIA DE ESPAÑA PAU: LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN. CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ.


TEMA VII.- CARLOS IV, LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA, LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812
I.- CARLOS IV (1788-1808)

A la muerte de Carlos III le sucedió su hijo Carlos IV, casado con María Luisa de Parma, que inició su reinado con una política similar a la de su padre, manteniendo a Floridablanca como primer ministro, pero el estallido en 1789 de la revolución en Francia le hizo adoptar una política reaccionaria y un cordón sanitario para impedir la importación de las ideas revolucionarias. Las Cortes derogaron el Auto Acordado (Ley Sálica) promulgado por Felipe V y se restableció la Ley de las Partidas de Alfonso X, que posibilitaba el acceso al trono a las mujeres. Pero al no ser publicado provocaría más tarde las guerras carlistas.

Manuel Godoy, un guardia de corps extremeño, protegido de la reina, ascendió rápidamente en la Corte gracias a su influencia sobre María Luisa, y pasó de ser un simple hidalgo a convertirse en duque de Alcudia y de Sueca, Grande de España, caballero del Toisón de Oro, capitán general, y desde 1792 ministro universal de Carlos IV. Una vez ejecutado Luis XVI, el hostigamiento de España a la República francesa hizo que la Convención le declarase la guerra, lo que puso fin al 3er Pacto de Familia y a la inmediata alianza angloespañola: los triunfos republicanos obligaron a España a firmar la Paz de Basilea (1795), concediéndosele a Godoy el título de Príncipe de la Paz, firmándose la alianza francoespañola (Tratados de San Ildefonso), y en 1801 se le concedió el título de generalísimo, nunca antes otorgado en España. Ante la negativa de Portugal a cerrar sus puertos al comercio británico, España le declara la guerra (Guerra de las Naranjas), por la que España obtiene la plaza de Olivenza.

Con la subida al poder de Napoleón, España prosiguió su alianza con Francia lo que conduciría a la derrota francoespañola frente a los británicos en Trafalgar (1805) (aunque le costaría la vida al almirante Nelson), y al consiguiente fin del poderío naval español. El bloqueo continental y el Tratado de Fontainebleau (1807) autorizando a las tropas francesas (100.000 hombres), mandadas por el lugarteniente de Napoleón Murat, a pasar por España para ocupar Portugal, provocarían la guerra de la independencia.

El intento del príncipe de Asturias de dar un golpe de estado contra su padre fracasaría, delatando a sus colaboradores y siendo juzgado, él y su camarilla, en el Proceso de El Escorial. Pero un segundo intento sí triunfó: el Motín de Aranjuez (19 marzo 1808): el pueblo se amotinó contra Godoy, asaltó su palacio y pidió la abdicación de Carlos IV en favor de su hijo Fernando VII. Padre e hijo intentaron lograr el apoyo de Napoleón, quien los convocó en Bayona, obligando a Fernando a devolver la corona a su padre, mientras que Carlos IV cedía sus derechos a Napoleón a cambio del asilo en Francia para la familia real y Godoy, y una pensión anual de 30 millones de reales. Napoleón nombró rey de España a su hermano José I (Pepe botella): las Abdicaciones de Bayona. Mientras que una Asamblea de Notables españoles elaboraba el Estatuto de Bayona, (verdadera carta otorgada por José I), en Madrid se levantaba el pueblo contra los franceses el 2 de mayo de 1808, y comenzaba  la Guerra de la Independencia. (Fernando viviría en el castillo de Valençay, propiedad de Talleyrand, ministro de AAEE de Napoleón, y durante el transcurso de la Guerra no dejó de adular al emperador en una correspondencia servil felicitándolo por sus victorias y de pedirle una esposa de entre su familia).

Carlos IV abdicaría en su hijo Fernando VII definitivamente en 1814 a cambio de ocho millones de reales y, se trasladó con su familia a Roma, acompañado del fiel Godoy que residió con ellos en el palacio Barberini (tras el abandono de su mujer, la condesa de Chinchón, prima de Carlos IV, por sus infidelidades con Pepita Tudó, con la que casaría a la muerte de la condesa -y a la que se le atribuyen los retratos de Goya de “ La maja vestida” y “ La maja desnuda”. A los 90 años, Pepita contó a un periodista: “Godoy solo conoció un amor: la reina María Luisa de Parma”).





II.- LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA (1808-1813)

Ante la pasividad de la mayor parte de la nobleza y de las Instituciones, el pueblo se levantó contra los franceses. El 2 de mayo de 1808, ante el palacio real, el pueblo de Madrid se levanta. Andrés Torrejón, alcalde de Móstoles, le declara la guerra a los franceses y en todas partes se alza una Junta local frente a los Concejos, que organizará la resistencia a nivel local.

Representantes de las Juntas locales formarían las Juntas provinciales, y representantes de éstas formarían la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino o Junta Central. Se produce el sitio de Zaragoza y las victorias de los somatenes catalanes en el Bruch. Pero determinante sería la derrota del ejército francés, al mando de Dupont, frente al ejército español mandado por el general Castaños, en Bailén, que provocó la huída de José I de Madrid. La Junta Central, presidida por el conde de Floridablanca, firmó un acuerdo con Inglaterra, por lo que  la Gran Bretaña envió un ejército a Lisboa al mando del futuro duque de Wellington, lo que hizo intervenir al propio Napoleón que al frente de la Grande Armée cruzó los Pirineos y recuperó Madrid, reponiendo a José I en el trono. La derrota española de Ocaña (de la que se culparía a la Junta Central), hará que en 1810 esté prácticamente todo el territorio español ocupado por los franceses, pero los restos disgregados del ejército español se organizaron en guerrillas -las partidas-
que hostigaron constantemente a los franceses y en las que destacarían los guerrilleros Espoz y Mina; el Empecinado; y el cura Merino.

Ante los fracasos de la Junta Central para hacer frente a la guerra, se nombró una Regencia formada por cinco miembros y presidida por el obispo de Orense, y se convocó a Cortes en Cádiz  (24 noviembre 1810). Las Cortes de Cádiz llevarían a cabo una labor legisladora que, paralelamente a la guerra, configurará el fin del Antiguo Régimen y el nacimiento de un Estado liberal.

La gran ofensiva hispanobritánica y la guerra en el frente ruso -que obligó a los franceses a retirar tropas en España para enviarlas al frente ruso-, llevaría a sus derrotas  en las batallas de Arapiles, Vitoria y San Marcial, la huída de Madrid de José I y el abandono del territorio peninsular de las tropas francesas. Por el Tratado de Valençay (diciembre, 1813), Napoleón permitió el regreso a España de Fernando VII a cambio de que las tropas hispanoinglesas no invadirían el territorio francés.

Lo más costoso de la guerra había sido el inicio y la posterior y definitiva emancipación de la América española.


III.- LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812     ****

La sociedad española se divide ideológicamente durante la Guerra de la Independencia en los afrancesados; los conservadores, absolutistas, realistas o serviles; los renovadores o jovellanistas; y los innovadores o liberales. Mientras que los afrancesados aceptan las abdicaciones de Bayona, gente  ilustrada partidaria del nuevo régimen, es decir, monárquicos pero no dinásticos que aceptan por acomodaticios a José I como un mal menor frente a Napoleón, los otros grupos luchan por motivos antagónicos contra el invasor, pretendiendo objetivos divergentes. Los absolutistas luchan contra los franceses como la personalización del espíritu de la Revolución francesa y pretenden el retorno al más puro Antiguo Régimen, absolutismo, sociedad estamental y poder inquisitorial. Los jovellanistas luchan por establecer un sistema similar al reformismo del Despotismo ilustrado, defienden las viejas leyes y costumbres de los reinos de Castilla y Aragón y una soberanía compartida por el rey y las Cortes. El grupo innovador o liberal luchará contra el invasor mientras imita las ideas revolucionarias francesas, grupo que pretende un nuevo régimen político, social y económico (el liberalismo) y que finalmente se impondrá con la Constitución de 1812.

Una vez que el Consejo de Regencia convocó a Cortes, los diputados que no pudieron asistir por el estado de guerra en la nación, fueron sustituidos por suplentes residentes en Cádiz (burguesa y liberal), y se planteó cómo se reunirían, si a la antigua usanza (por estamentos) o como una sola Cámara, y cómo serían las votaciones si por brazo (1 voto por estamento) o por cabeza (1 voto por diputado). Se eligió a los diputados por un sistema de sufragio universal indirecto en dos niveles: los ciudadanos elegían a los compromisarios y estos a los diputados. Las Cortes (formadas por 184 diputados que representaban a todas las regiones españolas, se reunirían en la isla de León en una sola Cámara y votarían por diputado). Iniciaron sus sesiones el 24 de septiembre de 1810 (tras más de un siglo sin ser convocadas), y su actividad se mantendría hasta la primavera de 1814. Predominaban en ella las clases medias con formación intelectual y ejercieron un destacado papel el sacerdote liberal Muñoz Torrero, Agustín Argüelles (apodado “el divino” por su gran oratoria),  y Queipo de Llano, conde de Toreno, todos ellos liberales.

Las Cortes de Cádiz (1810-1813) llevarían a cabo una obra legisladora que supondría la quiebra del Antiguo Régimen y el establecimiento de un sistema liberal. Además de la elaboración de la Constitución de 1812 (promulgada el 19 de marzo de 1812 y con clara influencia de la Constitución francesa de 1791), las Cortes emprenderían una serie de leyes de naturaleza diversa:

1)      Reformas políticas: soberanía nacional (a. 3º); separación de poderes; inviolabilidad de los diputados; libertad de prensa; libertad de asociación; y la más importante: la Constitución de 1812.

2)      Reformas institucionales: supresión de los Consejos; división provincial; ayuntamientos constitucionales.

3)      Reformas sociales: disolución de la sociedad estamental; abolición del régimen señorial (incorporación a la nación de todos los señoríos jurisdiccionales por lo que todos los españoles estarían bajo la autoridad exclusiva del estado. Los señoríos territoriales y solariegos se convertían en simples propiedades particulares 6 agosto, 1811); supresión de los mayorazgos (1813); supresión de los gremios.

4)      Reformas económicas: libre utilización de sus fincas -cerramientos- y de contratación (8 junio 1813); libertad de comercio (supresión de las aduanas interiores); libertad de industria (supresión de los gremios, 8 junio 1813); desamortización de bienes eclesiásticos y civiles (bienes de la Inquisición, de los jesuitas, de las órdenes militares, de los conventos suprimidos y de tierras comunales); nuevo régimen de contribuciones con igualdad de todos los ciudadanos ante el impuesto.

5)      Reformas religiosas: supresión de la Inquisición o Santo Oficio (5 enero, 1813); supresión de conventos con menos de 12 miembros


La Constitución de 1812 (la Pepa): Es muy larga. Consta de un discurso preliminar y 384 artículos

1)      Soberanía nacional (a. 3º)
2)      Derecho a la propiedad (a. 4º)
3)      Confesionalidad católica del estado
4)      División de poderes (Legislativo: Cortes unicamerales; Ejecutivo: el rey –cuya persona es sagrada e inviolable- y sus ministros que son responsables; Judicial: tribunales)
5)      Libertad de imprenta (a. 131)
6)      Prohibición del tormento
7)      Hábeas corpus (libertad personal del individuo con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias, por lo que todo detenido debe ser presentado ante el juez en un plazo perentorio)
8)      Igualdad ante la ley (a. 248)
9)      Creación de la Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución

La Guerra de la Independencia y el posterior regreso de Fernando VII y la restauración del absolutismo, hizo que su aplicación fuera escasa. Pero tuvo una trascendental importancia como referente en las Constituciones que se harían en América del Sur, Italia y Portugal.










TEMA VIII.- ABSOLUTISMO FRENTE A LIBERALISMO. EVOLUCIÓN POLÍTICA DEL REINADO DE FERNANDO VII (1814-1833)

Durante los 20 años que duró el reinado de Fernando VII se observan tres periodos políticos muy diferenciados: 1) El Sexenio Absolutista (1814-1820); 2) El Trienio Liberal (1820-1823); y 3) La Década Ominosa (1823-1833).

I.- SEXENIO ABSOLUTISTA (1814-1820)

Por el Tratado de Valençay (11 diciembre 1813) Napoleón reconocía a Fernando VII como rey de España y de las Indias y éste se comprometía a respetar a los afrancesados y a no invadir el territorio francés por el flanco sur. Pero el Tratado no va a ser ratificado por las Cortes hasta que Fernando vuelva y jure la Constitución. Fernando VII recobra la corona y vuelve a España por la frontera catalana el 14 de marzo de 1814 donde el general Copons le comunica, en nombre de la Regencia, que habrá de prestar juramento a la Constitución de 1812 y que para regresar a Madrid debía seguir el itinerario marcado por las Cortes.

Pero una vez que comprobó el monarca que era aclamado por el pueblo como “el Deseado” y que no encontraría dificultades en proclamarse rey absoluto, desoyendo a las Cortes, marchó a Zaragoza y de allí a Valencia, ciudad en donde recibió el documento firmado por 69 diputados absolutistas El Manifiesto de los Persasen el que le pedían restaurase el absolutismo (primera frase del documento: “era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento del rey..”). El 17 de abril, el general Elío realizó el primer pronunciamiento a favor del absolutismo (sería ejecutado en garrote vil tras la revolución de 1820) y por R.D. de 4 mayo 1814, Fernando VII da un golpe de estado declarando nulos y sin valor la Constitución y los decretos de las Cortes, golpe de estado que fue confiado al general Eguía, capitán general de Castilla: detuvo a los miembros de la Regencia, a los ministros y a 24 diputados caracterizados por sus liberalismo. Pocos días después entraba Fernando VII en Madrid aclamado por el pueblo.

Se da una restauración del Antiguo Régimen. Se sustituyen los Ministerios por Secretarías dependientes directamente del rey, las Cortes se cerraron, se encarceló a los diputados liberales, y el monarca se rodeó de una camarilla con gente de la más baja estofa (amigos íntimos del rey Felón eran el famoso delincuente Luis Candelas y el aguador Perico Chamorro, con quienes compartía afición por mujeres de mal vivir como Pepa la malagueña o Lola la Naranjera -famosa era la malformación que padecía el rey “macrosomía genital”, que le obligaba a utilizar una almohadilla). El monarca mostró ser desconfiado, astuto, cobarde, vil y torticero. Era llano en el trato, mundano, hábil guitarrista y amante de los toros.

Se adoptaron medidas que mandaban al destierro a los afrancesados y a la clandestinidad a los liberales, y para acabar con el menor atisbo del sistema liberal, se prohibió la masonería, se restauró el absolutismo, la sociedad estamental, la Inquisición, los privilegios, los gremios, el régimen señorial y las pruebas de nobleza para el ingreso en el ejército.

Mientras, en el Congreso de Viena en donde las potencias vencedoras de Napoleón estaban diseñando el nuevo mapa político europeo, nuestro embajador Pedro Gómez Labrador (el duque de Wellington: “es el hombre más estúpido que he visto en mi vida”) jugó un papel bochornoso y España fue relegada a potencia de tercer orden (por un Tratado de amistad, España cedió La Florida a EEUU).

La economía estaba en bancarrota por los efectos de 6 años de guerra y por la pérdida del mercado colonial e independencia de las colonias. Los liberales, al ser excluidos del juego político, recurrirán a las sociedades secretas (la masonería), atrayéndose a mandos militares descontentos con la política de promociones desarrollada por la corona, recurriendo al pronunciamiento para conseguir sus objetivos lo que originó el inicio del militarismo en España.

Entre los pronunciamientos a favor del restablecimiento de Constitución de 1812 y del régimen liberal (la mayoría acabaron con la ejecución de los sublevados), destacaron los de Espoz y Mina (Pamplona, 1814); Porlier (La Coruña, 1815); la conspiración del Triángulo (en casa de Pepa la malagueña, Madrid 1816)); Lacy y Milans del Bosch (levantamiento de Caldetas, Barcelona, 1817); y, finalmente, el que triunfó, el pronunciamiento del comandante Riego en Cabezas de San Juan (1820) con tropas que se hallaban concentradas para ser enviadas a América a luchar contra los independentistas: proclamaron la Constitución de Cádiz y las Juntas revolucionarias se extendieron por todo el país, lo que obligó al rey a jurar la Constitución (7 marzo 1820).

II.- TRIENIO LIBERAL (1820-1823)

Las logias masónicas y especialmente “El Taller Sublime” de Cádiz, encabezada por Alcalá Galiano, preparaban continuas conspiraciones para restablecer el liberalismo por lo que al producirse el levantamiento de Riego lo apoyaron, extendiéndose por Galicia, Zaragoza, Pamplona, Barcelona, lo que obligó al rey a jurar lealtad a la Constitución (“marchemos juntos, y yo el primero por la senda de la constitucional”-promesa que incumplió en cuanto pudo-).

El liberalismo se dividió en dos partidos: los moderados o doceañistas, que defendían la Constitución de Cádiz y una solución transaccional, aceptando a la corona en el proceso reformista; y los exaltados que propugnaban medidas más radicales y reducir las funciones del monarca a las puramente ejecutivas. La masonería se multiplicó y los clubs o reuniones políticas de los cafés parecían un hervidero: La Fontana de Oro; La Cruz de Malta, así como los periódicos, como los liberales El Zurriago, El Eco de Padilla…

En los dos primeros años, los moderados se mantuvieron en el poder y adoptaron medidas tendentes a restaurar toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz: supresión de la Inquisición, de los señoríos, de la sociedad estamental, libertad de prensa, reaparición de la Milicia Nacional, división de poderes, etc.

Las medidas anticlericales, como la supresión de la Inquisición, desamortizaron de propiedades de la Iglesia y desaparición de las cargas tributarias (diezmo), supusieron la ruptura con la Santa Sede. El enfrentamiento con el monarca se reflejaba en manifestaciones en la puerta del palacio real, que entonaban el “Trágala”. Se levantaron partidas de absolutistas, como la del guerrillero El Trapense que se apoderó de la Seo de Urgell, donde se estableció una Regencia absolutista que se atribuyó el gobierno en tanto el monarca estuviese privado de libertad.

Mientras tanto las potencias legitimistas, miembros de la Santa Alianza, se reunieron en Troppau en 1820 y afirmaron su derecho a intervenir en los asuntos internos de aquellos Estados en que una revolución hubiese modificado el régimen legítimo (absolutismo). En el Congreso de Verona (1822) se confió a Francia la intervención en España para restaurar a Fernando VII como rey absoluto. El 7 de abril de 1823 se produjo la invasión del ejército francés “Los Cien Mil Hijos de San Luis”, al mando del duque de Angulema, al que precedían partidas serviles, realistas o absolutistas que formaban el Ejército de la Fe. Las Cortes se retiraron con el rey a Sevilla y después a Cádiz en donde finalmente se entregaron al ejército invasor, sin que se cumpliesen las promesas de perdón del monarca. Una vez más el absolutismo había triunfado.

III.- DÉCADA OMINOSA (1823-1833)

La vuelta de los absolutistas al poder fue seguida de medidas de represión más duras que en el Sexenio. La Junta Provisional de Gobierno instaurada al comenzar la invasión desarmó a los milicianos, restauró los ayuntamientos de 1820 y creó una Junta de Purificación para cesar a cuantos funcionarios hubiesen confraternizado con los liberales: encarcelamiento de liberales, depuraciones, exilios y restauración del más estricto Antiguo Régimen. Tal fue la represión que hasta el duque de Angulema protestó, y la insistencia de Francia y Rusia obligaron a Fernando VII a publicar una amnistía en 1824 (pero con 15 epígrafes con excepciones). El Cuerpo de Voluntarios Realistas fue ampliado como defensa del sistema absolutista (como la Milicia Nacional lo sería de regímenes liberales), y se restauraron las instituciones propias del Antiguo Régimen. Pero el sistema era del todo inviable por lo que, a partir de 1827, se observa un acercamiento de la corona a los liberales doceañistas por medio de la burguesía catalana, nombrándose a López Ballesteros ministro de Hacienda para que emprendiese reformas. A ello se opondrían “los ultras”, encabezados por el hermano del rey Carlos María Isidro, (por tanto antes de que se plantease el problema sucesorio, pues en ese momento el rey no tiene descendencia). Están descontentos por el no restablecimiento de la Inquisición, la tibia amnistía a afrancesados y liberales, la admisión a cargos públicos de masones y, sobre todo, con la disolución de los Voluntarios Realistas, lo que provocaría la guerra de los Agraviados o malcontents en 1827, sobre todo en Cataluña, -germen del futuro partido carlista- y que acabaría con la derrota de los sublevados y la ejecución de sus dirigentes. Pero la represión de los liberales prosigue (ejecuciones en 1831 de Mariana Pineda -por bordar una bandera masónica con la leyenda “libertad”- y del general Torrijos).

El problema sucesorio. Fernando VII contrajo matrimonio cuatro veces (1ª prima; 2ª sobrina; 3ª prima; 4ª sobrina). Al morir en 1829 su tercera esposa, María Josefa de Sajonia, se le propuso un nuevo matrimonio con una alemana a lo que exclamó: “basta ya de rosarios” (su mujer se negaba a hacer uso del matrimonio porque era pecar, por lo que tuvo que intervenir el Papa Pío VII para convencerla de lo contrario). Al final contraería nupcias con María Cristina de las Dos Sicilias, hija de su hermana menor. El 29 de marzo 1830 ante la eventualidad de descendencia femenina, el rey promulgaba la Pragmática Sanción que ponía en vigor la decisión de las Cortes de 1789 anulando el Auto Acordado o Ley Sálica que estableciera Felipe V, (por lo que se volvía a la tradición castellana de la Ley de las Partidas que permitía reinar a las mujeres).

El 10 octubre 1830 nació Isabel que fue proclamada heredera del Trono,  pero en el verano de 1832 (ya nacida su otra hija, María Luisa Fernanda) Fernando, encontrándose al borde de la muerte, es hostigado por su hermano Carlos  Mª Isidro que le dijo no aceptaría a Isabel como reina -insinuando una guerra civil-, mientras que la mayoría de los cortesanos manifestaron sus reservas a la viabilidad de la sucesión femenina.

Tadeo Calomarde, ministro y firme partidario de la ley Sálica, convenció al rey para que derogara la Pragmática, lo que hizo el 18 de setiembre, pero al enterarse de la trama la hermana de la reina (Luisa Carlota, casada con su tío el infante Don Francisco de Paula hermano del rey, y madre del futuro rey consorte Francisco de Asís), llamó a Calomarde para que le mostrase el documento original, tomando el pergamino, lo rasgó y arrojó al fuego, propinando al ministro un par de bofetadas a lo que contestó Calomarde: “Señora, manos blancas no ofenden”).

El rey volvió a firmar la Pragmática Sanción el 22 de setiembre (siendo promulgada el 31 de diciembre de 1832), asumiendo Mª Cristina las funciones de regente aplicando una política de carácter moderado, la reapertura de las Universidades y una amplia amnistía.

Los mandos territoriales de los ejércitos fueron concedidos a moderados, se puso en libertad a los presos políticos y se disolvieron las unidades de voluntarios realistas. Como complemento, se decidió que Isabel fuera jurada como Princesa de Asturias por las Cortes, a lo que se negó Carlos Mª Isidro, por lo que el rey le obligó a expatriarse a Portugal. La muerte del rey el 29 de setiembre de 1833 fue seguida por levantamientos de voluntarios realistas a favor de don Carlos. En la práctica totalidad del país el grueso del ejército, nobleza, clero y burguesía fue favorable a Isabel, por lo que el carlismo se caracterizó por su limitación geográfica, las Vascongadas.

La discusión de legalismos en el problema sucesorio -Ley Sálica o Siete Partidas- enmascaraba otro problema mucho más intenso y de carácter ideológico: absolutismo o liberalismo; Antiguo Régimen o Nuevo Régimen. Ya que el absolutismo se encontraba en las filas del pretendiente don Carlos, si María Cristina quería tener alguna posibilidad de defender el trono para su hija Isabel, no tenía más remedio que apoyarse en los liberales. Por ello, el comienzo del reinado de Isabel II y la minoría de edad con las Regencias (de Mª Cristina y de Espartero) significarán el definitivo triunfo en España del liberalismo.





















CONSTRUCCIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL ESTADO LIBERAL

TEMA IX.- REVOLUCIÓN LIBERAL EN EL REINADO DE ISABEL II. CARLISMO Y GUERRA CIVIL. CONSTRUCCIÓN Y EVOLUCIÓN DEL ESTADO LIBERAL

I.- PRIMERA GUERRA CARLISTA O GUERRA DE LOS SIETE AÑOS (1833-1840)

La entronización de la pequeña Isabel supondría su no aceptación por parte de los seguidores del infante don Carlos María Isidro quien lanzó un Manifiesto desde Abrantes en Portugal (1 octubre 1833) llamándolos a la lucha, levantándose en armas contra la nueva reina en una prolongada y sangrienta guerra civil. Se trataba de la existencia de una población dividida y de posturas irreconciliables:
A)    Carlistas o apostólicos: ideología tradicionalista y antiliberal, herederos de los “agraviados” y los apostólicos, su lema era “Dios, Patria y Fueros”, defendían la legitimidad dinástica de don Carlos (para ellos Carlos V), la monarquía absoluta, preeminencia de la Iglesia, Antiguo Régimen y sistema foral o particularista. Su base social la tenían en el clero, pequeña nobleza agraria, campesinos, y su principal fuerza en País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón y Valencia.
B)    Isabelinos o cristinos: su apoyo inicial fue la jerarquía eclesiástica, alta nobleza y funcionarios, pero para hacer frente a los carlistas y ampliar la base social la Regente tuvo que acceder a las demandas de los liberales que exigían el fin del absolutismo y del Antiguo Régimen.

El desarrollo del conflicto bélico contempló dos fases: 1ª (1833-1835) y 2ª (1836-1840).

1ª fase (1833-1835): los carlistas no pudieron contar con un ejército regular y se organizaron como guerrillas. Las primeras partidas carlistas se levantaron en 1833 en Navarra y País Vasco, y después en el Bajo Aragón, Pirineo, Cataluña y Castellón, y recibió el apoyo (armas y finanzas) de las potencias absolutistas (Austria, Prusia y Rusia), mientras que los isabelinos fueron apoyados por Portugal, Francia y Gran Bretaña. Se estabilizó en el norte y los triunfos carlistas no consiguieron ocupar ninguna ciudad importante. Tomó impulso en 1834 cuando el pretendiente abandonó Inglaterra y se instaló en Navarra creando una monarquía alternativa (corte, gobierno, ejército), brillando las hazañas de su general en jefe Zumalacárregui (que ya había destacado en la guerra de la independencia) que conquistó Tolosa, Durango, Vergara y Éibar, pero fracasó en la toma de Bilbao en donde encontró la muerte. En Levante el líder carlista más destacado sería el general Cabrera (por su valor personal y extremada dureza “El tigre del Maestrazgo”), que operaba con partidas con escasa conexión, en zonas montañosas de Cataluña, Bajo Aragón y Maestrazgo.
2ª fase (1836-1840): don Baldomero Espartero, hijo de un carretero tomó parte en las campañas de América donde realizó una brillante carrera militar, fue nombrado general en jefe liberal de los ejércitos del norte  y con su victoria en Luchana (1836), puso fin al sitio de Bilbao y decantó la guerra al bando liberal. Los carlistas iniciaron una nueva estrategia con expediciones a otras regiones, la más importante la expedición real en 1837 que partió de Navarra hacia Cataluña y se dirigió a Madrid, pero fueron incapaces de tomar la capital, replegándose al norte. Esos fracasos condujeron a una división en el bando carlista: los transaccionistas (partidarios de llegar a un acuerdo con los liberales) y los intransigentes (defensores de continuar la guerra). Finalmente el jefe de los transaccionistas, el general Maroto firmó el Convenio de Vergara (1839) con el general liberal Espartero (por ello nombrado duque de la Victoria), acuerdo que establecía el mantenimiento de los Fueros en País Vasco y Navarra y la integración de la oficialidad carlista en el ejército real. Sólo Cabrera continuó resistiendo en el Maestrazgo hasta su derrota en 1840.
Mientras, el pretendiente abandonaba España y se refugiaba en Francia sin aceptar la situación. Él y sus herederos continuarían reclamando el trono y provocando dos conflictos bélicos más:

2ª Guerra carlista o guerra de los Matiners (1846-1848): fracasado el proyecto de boda entre la princesa de Asturias Isabel y el primogénito de don Carlos, el conde de Montemolín, se dio en Cataluña una guerra de guerrillas encabezada por Cabrera.

3ª Guerra carlista durante el Sexenio democrático (1869-1874). Al estar vacante el trono español, Carlos VII se subleva en el País Vasco, Cataluña y Navarra, pero el reconocimiento por el general Cabrera de Alfonso XII como rey de España pone fin a la guerra.

II.- MINORÍA DE EDAD DE ISABEL II: REGENCIAS DE Mª CRISTINA Y DE ESPARTERO
1.- Regencia de María Cristina (1833-1840).  En su testamento, Fernando VII otorgaba la regencia, durante la minoría de Isabel, a Mª Cristina como Reina Gobernadora asistida por un Consejo de Regencia. La regente publicó un decreto de amnistía a favor de los diputados liberales de las antiguas Cortes y para lograr la concordia Cea Bermudez publicó el Manifiesto de la Reina Gobernadora al País en el que prometía a los carlistas el mantenimiento de la religión católica y a los liberales la introducción de reformas administrativas, lo que no contentó a ninguno (los carlistas iniciaron en el norte la guerra y los liberales verían las reformas como insuficientes). De tales reformas solo prosperó la división provincial de España de 1833, realizada por el ministro Javier de Burgos (España dividida en 49 provincias).
Durante este periodo se produjo el paso definitivo del Antiguo Régimen a un nuevo Estado liberal burgués.
Todos los liberales eran partidarios de una monarquía constitucional pero estaban divididos desde el Trienio Liberal en dos tendencias, que terminaron convirtiéndose en partidos políticos a lo largo del reinado de Isabel II: moderados y progresistas.
  • Los moderados defendían un liberalismo doctrinario, partidario de la soberanía compartida entre las Cortes y la Corona, que gozaba de amplios poderes (como el derecho de veto, nombrar ministros y poder disolver las Cortes). Defensores del orden y de la propiedad, que identificaban con inteligencia y capacidad, eran partidarios del sufragio censitario y de limitar los derechos individuales, especialmente los colectivos. Defendían a la Iglesia católica y preferían una organización centralista del Estado. Socialmente eran un grupo heterogéneo formado por terratenientes, alta burguesía, vieja nobleza, alto clero y altos mandos del ejército.
  • Los progresistas defendían la soberanía nacional y la limitación de las atribuciones de la Corona. Querían un sufragio censitario más amplio y mayores libertades y derechos, tanto individuales como colectivos. Eran partidarios de la descentralización estatal y de la Milicia Nacional. Su base social era también heterogénea: la pequeña y mediana burguesía y en general, las clases medias, profesionales liberales, artesanos y empleados urbanos y militares de baja graduación.
Ambos partidos estuvieron encabezados por espadones, que eran generales del ejército que adquirieron protagonismo político debido a la amenaza carlista y se convirtieron en únicos garantes del trono de Isabel II y árbitros de la situación política. En estos años el más importante fue el general progresista Espartero. Moderados y progresistas se alternaron en el poder, recurriendo a continuos pronunciamientos de uno u otro signo.
Algunos militares y asesores convencieron a la regente de nombrar un nuevo gobierno que suscitase mayor apoyo popular y la adhesión de los liberales, eligiendo como presidente a Martínez de la Rosa, liberal moderado que promulgó el Estatuto Real de 1834.***  No era ni una constitución ni una carta otorgada sino una simple convocatoria de Cortes que serían como las del A.R. pero con algunas modificaciones:

* Tenía dos Cámaras: la de Próceres (Cámara Alta: grandes de España, religiosos y notables de designación real) y la de Procuradores (Cámara Baja: miembros renta mínima de 12000 reales)
* Sufragio indirecto y censitario (en una población de 10 millones de personas sólo podían votar en primera instancia 16000, que elegían a 1000 electores de partido encargados de escoger en segunda instancia a los procuradores).
* La convocatoria y disolución de Cortes era competencia exclusiva del Rey
* Las Cortes sólo podían votar los impuestos y las cuestiones que el monarca propusiese.

La epidemia de cólera morbo hizo su aparición en 1834 en Madrid y el pueblo acusó a los frailes de haber envenenado las aguas: irrumpió en los conventos matando a muchos religiosos, matanzas que se extendieron por todo el país.

Pronto se hizo evidente que las reformas eran insuficientes y que se necesitaba un ministerio más liberal. Cea Bermudez dimitió y se sucedieron diversos gobiernos (Toreno, Istúriz) y en el verano de 1835 hubo nuevos disturbios, especialmente violentos en Barcelona donde los obreros quemaron la fábrica de Bonaplata y Cia -ludismo-. Los levantamientos populares se extendieron a otras ciudades (Zaragoza, Cádiz, Sevilla, Valencia), formándose juntas revolucionarias.

Mª Cristina, asustada, para conseguir apoyo popular y recursos financieros para ganar la guerra carlista, se vio forzada a llamar a los progresistas a formar gobierno en septiembre de 1835. Juan Álvarez Mendizábal, líder de la oposición progresista, inició importantes reformas: suprimió la Mesta, organizó la Milicia Nacional, abolió los privilegios gremiales y promulgó el decreto que lleva su nombre, desamortización de Mendizábal: los bienes eclesiásticos del clero regular. El objetivo de la desamortización era iniciar una reforma agraria, conseguir dinero para Hacienda a fin de sostener la guerra civil, castigar a la Iglesia por su apoyo al carlismo y crear un grupo de nuevos propietarios que fueran partidarios del liberalismo.

La Reina gobernadora, presionada por nobleza y clero que pensaban que las reformas habían ido demasiado lejos, destituyó a Mendizábal y nombró a Istúriz cuya disolución de Cortes provocó una oleada de protestas en todo el país (quema de conventos) y el Motín de La Granja (1836): los sargentos de la guarnición del palacio real La Granja de San Ildefonso en Segovia (residencia de verano) penetraron en las habitaciones reales y obligaron por la fuerza a que Mª Cristina restaurase la Constitución de 1812, y nombrar un gobierno progresista presidido por  José Mª Calatrava, con Mendizábal como ministro de Hacienda.
 Los progresistas continuaron con la reforma agraria liberal (1837) que consagraba los principios de la propiedad privada y de la libre disponibilidad de la tierra, que implicaba la disolución del régimen señorial, de los mayorazgos y la desamortización de bienes del clero.
-          Disolución del régimen señorial, ya iniciada en las Cortes de Cádiz, implicó la pérdida de las atribuciones jurisdiccionales de los señores, aunque mantuvieron la propiedad  de las tierras que los campesinos no pudieran acreditar como propias
-          Desvinculación (supresión de mayorazgos), fin de los patrimonios unidos obligatoriamente y a perpetuidad a una familia o institución (sus propietarios serían libres para venderlos sin trabas en el mercado)
-          Desamortización, elemento recurrente desde Godoy (1798) como medio para conseguir recursos para el Estado con la venta de tierras propiedad de la Iglesia y de los ayuntamientos. En 1836 el presidente Mendizábal decretó la disolución de las órdenes religiosas (excepto las dedicadas a la enseñanza y asistencia hospitalaria) y incautación de sus patrimonios. Los bienes nacionalizados fueron puestos en venta en pública subasta y podían adquirirse en metálico o a cambio de títulos de la deuda pública. Su objetivo era conseguir fondos para financiar al ejército liberal, recuperar vales de la deuda y aminorar el grave déficit presupuestario del Estado. Además los compradores serían un sólido apoyo al triunfo del liberalismo, y a largo plazo, se fomentaría la producción agrícola
Además se adoptaron otras medidas encaminadas al libre funcionamiento del mercado: abolición de los privilegios de la Mesta; libertad de los arrendamientos agrarios; libertad de precios; abolición de los privilegios gremiales; libertad de industria y comercio; eliminación aduanas interiores; abolición de los diezmos eclesiásticos. Todo ello enmarcaba la total implantación en España del liberalismo económico, mientras que el liberalismo político se establecía a través de un ordenamiento jurídico cuyo protagonismo esencial sería, (al considerar desfasada la Constitución de Cádiz), una nueva Constitución: la Constitución progresista de 1837***, cuyas principales características son:
-          Principios básicos del progresismo: soberanía nacional; amplia declaración de derechos ciudadanos (libertad de prensa, de opinión, de asociación); división de poderes; aconfesionalidad del estado.
-          Principios básicos del moderantismo: sistema bicameral (Congreso y Senado no electivo y elegido directamente por el rey); amplios poderes a la Corona (veto de leyes, disolución del Parlamento); financiación del culto católico (compensación desamortizaciones)
Otras leyes conformaron el sistema liberal: ley de la Milicia Nacional (para formar parte ingresos mínimos de 5 reales diarios); ley de imprenta (1836) acabó con la censura previa; ley electoral (1837) con un sufragio censitario (españoles varones mayores de 25 y 200 reales contribución directa). El modelo político se vio fuertemente mediatizado por la intromisión constante de los militares (los espadones) que habían obtenido mucho poder por las guerras carlistas (Espartero, Narváez, O`Donnell jugaron un destacado papel durante el periodo isabelino).
Una vez aprobada la Constitución, en las elecciones de 1837 ganaron los moderados que en 1840 prepararon una ley electoral más restrictiva, limitaron la libertad de imprenta y una ley de Ayuntamientos que facultaba a la Corona para nombrar alcaldes en las capitales de provincia. Los progresistas que defendían la elección directa de los alcaldes provocó una insurrección con la formación de Juntas revolucionarias que obligó a Mª Cristina a dimitir (1840) y concediendo el cargo de regente al héroe de la guerra carlista, el general Espartero.
2.- Regencia de Espartero (1840-1843). Espartero disolvió las Juntas y convocó elecciones que dieron mayoría a los progresistas. Durante su regencia se redactó la ley de desamortización de Espartero: desamortización de los bienes del clero secular (1841). Actuó con autoritarismo y gobernando con su camarilla de allegados, militares afines conocidos como los ayacuchos (por creerse falsamente que Espartero había estado en la batalla de Ayacucho en el Perú -1824-), por lo que fue perdiendo popularidad, (sublevación de O´Donnell en 1841 y ejecución del general Diego de León, “Primera lanza del reino”).
En 1842 se aprobó un arancel aduanero que abría el mercado a los tejidos de algodón ingleses por lo que la industria textil catalana se vio fuertemente amenazada (oposición del proteccionismo catalán al librecambismo de Espartero), apareciendo por primera vez el proletariado catalán con reivindicaciones democráticas, motines e insurrecciones, produciéndose el levantamiento de Barcelona (sublevación del general Prim) a lo que respondió con el bombardeo de la ciudad condal  (“a Barcelona hay que bombardearla al menos una vez cada 50 años”). Con ello muchos progresistas se le opusieron y un pronunciamiento conjunto de moderados y progresistas en Torrejón, dirigido por los generales Narváez y Serrano, (y al que se le unieron las fuerzas enviadas por Espartero para sofocarlo), hicieron que dimitiese y, por Cádiz, marchó a su exilio en Inglaterra.
3.- Las opciones del liberalismo y demoliberalismo: moderados; progresistas; demócratas y republicanos.
Los partidos políticos decimonónicos no eran grupos compactos y homogéneos con una ideología y un programa bien definidos sino agrupaciones de personalidades alrededor de algún notable, civil o militar. Eran corrientes de opinión o camarillas vinculadas por relaciones personales o intereses económicos.
Los partidarios del absolutismo seguirán siendo los carlistas a lo largo de la centuria.
El liberalismo (sufragio censitario) se dividirá en el periodo isabelino en el partido moderado y el partido progresista.
·         Partido moderado: personas de “orden” formado por terratenientes, comerciantes, intelectuales conservadores junto a miembros de la antigua nobleza, alto clero, altos mandos militares. Defendían el derecho de propiedad como sagrado, restringían el derecho al voto a los más ricos. Anteponían a la libertad los principios de orden social y autoridad (desconfiaban de la participación del pueblo en la política) y la política era una actividad exclusiva de una minoría propietaria e ilustrada. Defendía el proteccionismo, la soberanía compartida entre las Cortes y la Corona (a la que otorgaba amplios poderes), limitaba los derechos individuales (prensa, asociación, reunión) y era la opción clerical del liberalismo, defendiendo la confesionalidad del Estado y otorgaba a la Iglesia católica una gran influencia social. Sus líderes eran Narváez y Bravo Murillo.
·         Partido progresista: se consideraban los defensores de la libertad, y su base social era la pequeña y mediana burguesía, los oficiales del ejército y las clases populares urbanas (artesanos, comerciantes, profesiones liberales). Defendían la soberanía nacional, el predominio de las Cortes, (rechazaban la intervención de la Corona en la política), poderes locales fuertes (ayuntamientos libremente elegidos), la Milicia Nacional, el sufragio censitario amplio, la reforma agraria y limitar el poder de la Iglesia. Sus líderes eran Mendizábal, Espartero y Prim.
·         Unión Liberal: partido que surgió en 1854 de la escisión de la derecha del partido progresista y la izquierda del partido moderado. Sus líderes eran O`Donnell y Serrano.
Demoliberalismo o democracia:  partidarios del sufragio universal.
·         Partido Demócrata: surgió en 1849 de una escisión de la izquierda del partido progresista. Partidarios de la soberanía popular estricta, eran partidarios del sufragio universal masculino, un sistema unicameral, amplias libertades, etc. y de la ampliación de derechos como la enseñanza pública y la beneficencia. Defendían la libertad de culto de todas las religiones. Su base social eran las clases populares urbanas.
·         Partido Republicano: el desprestigio de la monarquía de Isabel II arrastró a muchos demócratas al republicanismo, defendiendo que todos los poderes, incluida la jefatura del Estado, debían ser de elección popular.
III.- MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II (1844-1868). Presenta tres periodos políticos: Década Moderada (1844-1854); Bienio Progresista (1854-1856) y Alternancia Unión Liberal y Partido Moderado (1856-1868).
Tras la caída de Espartero, se formó un Gobierno provisional que decidió que las Cortes declarasen la mayoría de la reina (13 años) y en noviembre de 1843 juró la Constitución (en vigor estaba la de 1837) y el Gabinete presentó la dimisión. Durante los 25 años del reinado de Isabel II se sucedieron 60 gobiernos, predominando en el poder los moderados, y al ser excluidos del mismo los progresistas, sólo accederían al gobierno a través del pronunciamiento o la revolución. La intervención de los militares en la política utilizando sus regimientos en provecho de su opción partidista dio lugar al gobierno de los espadones (generales Espartero, Narváez, O`Donnell, Serrano, Prim).
1.- DÉCADA MODERADA (1844-1854). Frente a unas Cortes de mayoría moderada, el presidente de gobierno, el progresista Salustiano Olózaga obtuvo de la joven reina el decreto de disolución de Cortes (rumor: “usando la fuerza”), siendo relegado de su cargo y exilándose a Inglaterra, accediendo al poder los moderados que gobernarían durante diez años. Fue el predominio de la burguesía terrateniente (antiguos aristócratas y propietarios rurales  beneficiados con las desamortizaciones). Los principales ministerios que se sucedieron fueron:
- Gobierno González Bravo (1844) que era jefe de la facción parlamentaria moderada llamada “La Joven España”, restableció la ley de ayuntamientos de 1840, sofocó levantamientos carlistas y progresistas y creó la Guardia Civil, cuerpo armado con finalidades civiles pero estructura militar, para reprimir el bandolerismo (duque de Ahumada). Permitió el regreso de la reina madre Mª Cristina.
- Gobierno del general Narváez (1844-1846), árbitro de la situación y jefe del partido moderado. Al considerar demasiado avanzada la Constitución de 1837, se elaboró la Constitución moderada de 1845***, cuyas características son:
- Soberanía compartida entre el rey y las Cortes
- Ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución de las atribuciones del legislativo
- Sufragio censitario restrictivo
- Ayuntamientos y Diputaciones sometidos al poder central
- Supresión de la Milicia Nacional
- Confesionalidad católica del Estado y mantenimiento del culto y clero
- Aunque recogía la declaración de derechos de la Constitución de 1837, su regulación se remitía a leyes posteriores que fueron muy restrictivas (conde de Romanones diría más tarde: “vosotros haced las leyes, que yo haré los reglamentos”).
- Amplias atribuciones a la Corona (nombrar ministros, disolver las Cortes, nombrar senadores..)
- Gobierno Istúriz (1846-1847). Se resolvió el problema de las bodas reales (Isabel II con su primo Francisco de Asís; Mª Luisa Fernanda con el duque de Montpensier -1846-), lo que impidió el entendimiento con los carlistas, partidarios del matrimonio entre Isabel y el hijo de Carlos Mª Isidro, el conde de Montemolín o Carlos VI, y que provocaría la 2ª guerra carlista o guerra dels Matiners (madrugadores) en Cataluña (1846-1849).
Durante los sucesivos gobiernos del partido moderado (González Bravo, Narváez, Bravo Murillo, etc.) se institucionalizó el estado liberal español, bajo los principios de centralismo, uniformidad y jerarquización, se promulgaron una serie de leyes que tendrían amplia vigencia:
-          Reforma fiscal (Ley Mon y Santillán de 1845), racionalizando el sistema impositivo, centralizando impuestos en manos del estado, se propició la contribución directa y basada en la propiedad agraria.
-          Se aprobó el Código Penal y el Código Civil (1848).
-          Se reformó la Administración creando una ley de funcionarios que regulaba el acceso.
-          Siguiendo los criterios centralizadores de la división provincial, se fortalecieron los gobernadores civiles y militares.
-          La ley de Administración local de 1845 dispuso que los alcaldes fueran nombrados por la corona (centralismo  dominado por los gobernadores provinciales que dependían a su vez del Ministro de la Gobernación).
-          La Ley Moyano estableció la primera ley de Educación creando un sistema de Instrucción Pública basado en tres niveles (Elemental, secundario y universitario).
-          Se adoptó el Sistema Métrico Decimal.
-          Concordato con la Santa Sede (1851), se suspendía la venta de bienes eclesiásticos, el estado se comprometía al sostenimiento de la Iglesia (presupuesto de culto y clero), el catolicismo religión oficial, amplias competencias en educación, y a cambio Roma reconocía a Isabel II como reina.
Durante el gobierno tecnocrático de Bravo Murillo que pretendía unas reformas permitiendo gobernar por decreto, junto a escándalos financieros en las concesiones para la construcción de la red ferroviaria, provocaron el pronunciamiento de Vicálvaro (la vicalvarada) que daría paso al Bienio Progresista.
2.- BIENIO PROGRESISTA (1854-1856). En junio de 1854 tuvo lugar la vicalvarada poniéndose al frente un descontento moderado, el general O`Donnell, que fundó el nuevo partido llamado “La Unión Liberal”, y los sublevados publicaron el Manifiesto de Manzanares: cumplimiento de la Constitución, reducción de impuestos, restauración de la Milicia, ampliación del sufragio. El levantamiento triunfó y la reina llamó al gobierno a los progresistas, cuya presidencia recayó en Espartero, y O´Donnell sería ministro de la guerra, restaurándose los principios del progresismo, la Milicia, la elección directa de alcaldes, la elaboración de la Constitución progresista non nata de 1856 que contemplaba la libertad de cultos, y apareciendo por primera vez diputados demócratas. Se llevó a cabo un amplio plan de reformas económicas con el objetivo de modernizar el país: Ley General de Ferrocarriles; reforestación; introducción del Telégrafo; ampliación de la red de carreteras; potenciación de las Sociedades Anónimas y por acciones; desarrollo de la Banca y de la Minería y, sobretodo, la Desamortización de Madoz (1855): afectaba a los bienes del clero regular, clero secular, del Estado, Beneficencia y de los Ayuntamientos (propios, comunes y baldíos). Esta legislación propició una expansión económica hasta la crisis de 1866.
Pero la crisis de subsistencias y las huelgas obreras (comienza la organización del incipiente Movimiento Obrero), y las continuas protestas pidiendo la abolición de quintas, del impuesto de consumos, mejora salarial y reducción jornada laboral, provocarían discrepancias en el gobierno y su caída, rompiéndose  el partido progresista, cuya ala conservadora se uniría a la Unión Liberal, y el ala radical formaría el partido demócrata.
3.- DESCOMPOSICIÓN DEL SISTEMA ISABELINO (1856-1868): GOBIERNOS UNIONISTAS  Y MODERADOS.
A) GOBIERNOS UNIONISTAS (1856-1863). Se revitalizó el parlamentarismo y la estabilidad política, pero lo más destacado sería la política exterior llevada a cabo, tendente a recuperar un prestigio internacional con tres campañas militares:
* Expedición a Indochina (1856-1863) en colaboración con Francia para castigar la matanza de misioneros (en realidad beneficio a los franceses que iniciaron su penetración colonial en Asia)
* Intervención en México (1862) junto a franceses y británicos para exigir el cobro de la deuda (los españoles se retiraron por discrepancias con los franceses)
* Campañas de Marruecos (1859-1860) por disputas fronterizas saldadas con las victorias del general Prim en Tetuán y Castillejos. Por la Paz de Wad-Ras España incorporó Ifni y amplió Ceuta.
B) GOBIERNOS MODERADOS (1863-1868). Narváez volvió al poder y con él los principios del moderantismo, gobernando de forma autoritaria, por decreto y al margen de las Cortes por lo que progresistas y demócratas recurrieron nuevamente al pronunciamiento y la revolución para acceder al poder. Un artículo de Emilio Castelar, catedrático de la Universidad de Madrid, criticando que la reina “consintiese en vender bienes que consideraba de la Corona y no de la nación” fue contestado por el gobierno con su expulsión de la cátedra, por lo que los estudiantes se manifestaron en 1865 aconteciendo los graves sucesos de la noche de San Daniel: los estudiantes fueron reprimidos a tiros por la Guardia Civil (9 muertos y más de cien heridos), lo que provocó la indignación pública. En 1866 se produjo la sublevación de los sargentos del cuartel de San Gil que fracasó y acabó con el fusilamiento de 66 sublevados y más de mil prisioneros. Todo ello junto a una fuerte crisis económica en 1866 provocaría la revolución de septiembre 1868, la caída de Isabel II y Sexenio revolucionario.

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